Consejo General
Es el máximo Órgano de dirección formado por Presidente, Vicepresidente y Vocales. En el punto "Órganos de La Manga Consorcio" se indica el nombre de cada uno de ellos y se dice a que institución representa. Ninguno recibe retribuciones ni gastos de representación a cargo de La Manga Consorcio..
El cargo de Presidente tiene carácter rotativo anual con el de Vicepresidente, siendo ambos asumidos por los Alcaldes de Cartagena y San Javier.
En los siguientes enlaces se encuentra la información facilitada por ambos ayuntamientos para Alcalde y Concejales (Equipo de Gobierno).
Ayuntamiento de Cartagena
Ayuntamiento de San Javier
Secretario, Interventor y Tesorero
Son funcionarios de los Entes Consorciados, nombrados por el Presidente previo informe del Consejo General. En el punto "Órganos de La Manga Consorcio" figura el nombre de cada uno de los tres.
Gerente
Es el órgano de gestión de La Manga Consorcio, designado por el Consejo General. En el punto "Órganos de la Manga Consorcio" se indica su nombre. Al ser personal laboral puede verse su nivel y retribución, en este mismo punto en la relación de puestos de trabajo..
Personal de La Manga Consorcio
El personal puede tener una de las dos siguientes condiciones: personal laboral o funcionario de carrera de uno de los entes consorciados, adscrito al Consorcio.
Relación de puestos de trabajo y su retribución al 01/01/2020
Denominación Puesto |
Dot |
CL |
Sgr |
CD |
CE |
PR |
Gerente |
1 |
L |
A2 |
26 |
1.023’47 |
0’13 |
Auxiliar Administrativo: Secretaria y atención al público |
2 |
L |
C2 |
17 |
649’69 |
157’24 |
Abreviatura |
Significado |
Dot |
Número de personas que desempeñan el mismo puesto |
CL |
Clasificación: L Personal Laboral; FA Funcionario adscrito. |
Sgr |
Grupo de titulación: A1/A2/B/C1/C2/E El salario base y los trienios se definen anualmente a través de Ley del Gobierno de España para cada grupo de titulación. Se percibe en 14 pagas. |
CD |
Complemento de destino, se define anualmente para cada nivel del puesto (valores 1 a 30) a través de Ley del Gobierno de España. Se percibe en 14 pagas. |
CE |
Complemento Especifico mensual en euros, referido a 14 pagas, que retribuye las condiciones específicas del puesto, definido por la organización dentro de los márgenes marcados por el Gobierno de España anualmente por Ley. |
PR |
Productividad mensual en euros, referida a 12 pagas, definido por la organización dentro de los márgenes marcados por el Gobierno de España anualmente por Ley. |
Convenio Colectivo de referencia
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